Los padres pueden coger lactancia
Lo que muchos padres no saben: El permiso de lactancia NO es exclusivo de la madre. Desde 2019, es un derecho individual de cada progenitor. Si tu pareja no lo usa, puedes disfrutarlo TÚ.
Base Legal: Por Qué los Padres Pueden Cogerlo
El Estatuto de los Trabajadores (Art. 37.4) establece que el permiso de lactancia corresponde a "las personas trabajadoras" sin distinción de género. La reforma de 2019 lo dejó claro:
- Es un derecho individual e intransferible
- Cualquier progenitor puede ejercerlo (madre, padre, o ambos)
- No se llama "lactancia materna" sino "cuidado del lactante"
- No requiere que haya lactancia natural efectiva
Requisitos para el Padre
Los requisitos son exactamente los mismos que para la madre:
| Requisito | Detalles |
|---|---|
| Ser trabajador por cuenta ajena | Contrato laboral vigente |
| Hijo menor de 9 meses | El permiso dura hasta que el bebé cumpla 9 meses |
| El otro progenitor no lo usa | Solo uno puede disfrutarlo a la vez (no duplica) |
| Comunicarlo con 15 días de antelación | Aviso formal a la empresa |
NO se requiere:
- Que la madre trabaje
- Que haya lactancia materna efectiva
- Justificación médica
- Aprobación de la empresa (es un derecho)
¿Cuándo Tiene Sentido Que lo Coja el Padre?
Escenario 1: La madre no trabaja
Si tu pareja no trabaja, está de baja médica, o es autónoma sin derecho a lactancia, tú puedes cogerlo. Es dinero gratis que muchas familias pierden.
Escenario 2: La madre prefiere volver antes
Si tu pareja quiere reincorporarse al trabajo sin coger lactancia (por promoción, proyecto, etc.), traspasa el derecho a ti cogiendo tú la acumulada.
Escenario 3: Tu trabajo es más flexible
Si tu empresa ofrece lactancia acumulada y la de tu pareja no, puede tener más sentido que la cojas tú.
Escenario 4: Familias monoparentales o dos padres
En familias con dos padres o padre soltero, obviamente el padre ejerce el derecho sin ningún problema.
Modalidades Disponibles para el Padre
El padre tiene las mismas opciones que la madre:
1. Lactancia Fraccionada (por defecto)
- 1 hora de ausencia al día
- O reducción de 30 minutos al inicio/final de jornada
- Hasta los 9 meses del bebé
- Derecho garantizado por ley
2. Lactancia Acumulada
- ~15-22 días libres consecutivos
- Justo después de la baja de paternidad
- Derecho universal (RDL 2/2024)
- Calcula tus días exactos
Cómo Solicitarlo Paso a Paso
Decide tu modalidad
Elige entre fraccionada o acumulada y calcula tus días. Ambas son un derecho garantizado desde RDL 2/2024.
Comunica a RRHH
Con al menos 15 días de antelación. Indica fechas y modalidad elegida.
Presenta documentación
Libro de familia o certificado de nacimiento. Declaración de que el otro progenitor no lo disfruta.
Disfruta tu permiso
La empresa NO puede negarse si cumples los requisitos y es la modalidad garantizada por ley.
Ejemplo Práctico: Carlos
Situación de Carlos
- Bebé nace: 1 de febrero 2026
- Baja de paternidad: 19 semanas (hasta junio)
- Su pareja: Autónoma sin derecho a lactancia
- Lactancia acumulada: derecho universal
Lo que Carlos puede hacer:
- Tras su baja de paternidad de 19 semanas, el bebé tiene ~4,5 meses
- Quedan ~4,5 meses hasta que el bebé cumpla 9 meses
- Eso equivale a ~100 días laborables × 1 hora = ~12-15 días acumulados
- Carlos vuelve al trabajo en julio en vez de junio
Visualiza Tu Calendario Completo
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Preguntas Frecuentes
¿Pueden los dos padres coger lactancia a la vez?
Sí. Es un derecho individual e intransferible de cada progenitor. Ambos pueden disfrutarlo de forma independiente e intransferible. Si ambos lo ejercen, se puede extender hasta los 12 meses.
¿Mi empresa puede negarse a que lo coja yo como padre?
No. La lactancia fraccionada es un derecho irrenunciable. La acumulada es un derecho universal desde el RDL 2/2024. Tu empresa no puede negarte ninguna modalidad.
¿Se ve mal que un padre coja lactancia?
Legalmente, está perfectamente normalizado. Culturalmente, cada vez más padres lo hacen. En 2025, el 18% de los permisos de lactancia fueron disfrutados por padres (tendencia creciente).
¿Afecta a mi cotización o paro?
No. El permiso de lactancia es retribuido al 100% y cotiza como tiempo trabajado. No afecta a tu prestación por desempleo futura.
Calcula Tus Días de Lactancia
Introduce la fecha de nacimiento y tu jornada para saber cuántos días te corresponden.
Ir a la Calculadora Acumulada vs FraccionadaRecursos Relacionados
Descargo de responsabilidad:
Esta guía es informativa. Consulta siempre con tu departamento de RRHH; el número de días varía según tu jornada y fecha de reincorporación.
MiBajaParental